COBERTURA DE CRISTALES ¿QUÉ CUBRE?

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COBERTURA:    Esta cobertura se extiende a cubrir, el cual debe ser con un cobro adicional de prima, la rotura o avería, a consecuencia de cualquier causa accidental de los Cristales y/o Espejos y/o Vidrios y/o Rótulos luminosos, eléctricos y otros esto deben estar instalados en las direcciones amparadas que el asegurado designe y en las condiciones particulares de la póliza.


  


Autor: https://youtu.be/7i7G5z7QIBs?si=qHUpCch1cnNhE6SF

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