El seguro de cristales es un tipo de seguro que cubre los daños a cristales, como los que se encuentran en ventanas, puertas de vidrio normales o eléctricos, espejos, vitrinas, etc. Sin embargo, como cualquier tipo de seguro, también tiene sus exclusiones o riesgos que no están cubiertos. Algunos ejemplos de riesgos no cubiertos en un seguro de cristales pueden incluir:
- Daños intencionales: Si los daños al cristal fueron causados deliberadamente por el asegurado o cualquier otra persona.
- Daños preexistentes: Si los daños al cristal ya
estaban presentes antes de que se contrate el seguro.
- Daños causados por desgaste normal o deterioro
gradual.
- Daños causados por eventos catastróficos no
cubiertos por la póliza, como terremotos o inundaciones, a menos que se
agregue una cobertura específica para estos eventos.
- Daños causados por guerra, actos de terrorismo o
disturbios civiles, a menos que se incluya una cobertura adicional para
estos riesgos.
- Daños causados por negligencia del asegurado, como falta de mantenimiento adecuado o mal uso de los cristales.
Es importante revisar
detenidamente los términos y condiciones de la póliza de seguro de cristales
para comprender qué riesgos están cubiertos y cuáles no, y considerar la
posibilidad de agregar coberturas adicionales según las necesidades
individuales y los riesgos específicos.
Este blog destaca la función del seguro de cristales y enumera algunos riesgos que generalmente no están cubiertos por este tipo de póliza. Además, resalta la importancia de revisar cuidadosamente los términos y condiciones del seguro para comprender completamente la cobertura ofrecida y considerar la posibilidad de agregar coberturas adicionales según las necesidades individuales y los riesgos específicos.
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