INCOTERM TRANSPORTE TERRESTRE
¿Que es una Incoterm?
Un incoterm es un término comercial internacional que establece las condiciones de
entrega de mercancías entre el vendedor y el comprador en una transacción
internacional. estas reglas definen los derechos y obligaciones de ambas partes,
incluyendo aspectos como de riesgos,la distribución de gastos, la responsabilidad en
trámites aduaneros y la entrega de la mercancía en un lugar en específico.
EXW - Ex Works - En fábrica (+lugar de entrega acordado)
En Fábrica o Ex Works consiste en que el vendedor solo es responsable de entregar las
mercancías en sus instalaciones propias o externas designadas por el mismo. El comprador
asume todo el riesgo desde allí hasta el destino. En condiciones Ex Works el vendedor pone la
mercancía a disposición del comprador en sus propios locales pero no tiene ninguna obligación
de cargar la mercancía en el vehículo que venga a recoger la mercancía, ni tampoco despachará
la mercancía para la exportación. La regla incoterm® EXW significa la mínima obligación para el
vendedor.
FCA - Free Carrier - Franco Porteador (+lugar de entrega acordado)
“Franco Porteador” es cuando el vendedor entrega la mercancía al porteador (el responsable de
realizar el porte) o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones del vendedor o en
otro lugar acordado. Si el punto de entrega es en las instalaciones del vendedor, la mercancía se
entrega con su carga en los medios de transporte dispuestos por el comprador. Si el lugar designado
es otro, la mercancía se entrega cuando está preparada para la descarga sobre los medios de
transporte del vendedor en el punto acordado. Se recomienda especificar con todo detalle el punto del
lugar de entrega acordado, ya que el riesgo se transmite al comprador con la entrega de la
mercancía.
Incoterm CPT: Obligaciones del vendedor y del Comprador
En el CPT Incoterms, que puede aplicarse a cualquier tipo de transporte (marítimo, aéreo o terrestre), el vendedor está obligado a contratar y asumir todos los costos para el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido, que puede ser una terminal marítima, terrestre o aérea.
La entrega de la mercancía se produce en origen, es decir, que la empresa vendedora entrega y transmite los riesgos al comprador en el momento en que pone la mercancía a disposición de la compañía transportista, que ella misma ha contratado.
Incoterm CIP: Carriage and Insurance Paid to
El incoterm CIP, o “Carriage and Insurance Paid to” por sus siglas en inglés, significa que el vendedor es
responsable de la entrega de las mercancías en destino, del coste del transporte internacional y del seguro.
Bajo el incoterm CIP, la transferencia del riesgo no coincide con la transferencia de los costes.
En condiciones CIP, el riesgo es transferido cuando las mercancías han sido aceptadas por la naviera, sea en la
terminal o en el puerto, por lo que se recomienda el uso de este incoterm para la carga contenerizada.
El incoterm CIP es polivalente, lo que quiere decir que puede ser usado para el transporte intermodal.
https://despachante-aduana.com/incoterm-cip/ |
El incoterm CIP es uno de los dos INCOTERM, junto con el INCOTERM CIF, en los que el seguro
es obligatorio.
Y en ambos casos, el vendedor es la parte responsable del pago y contratación del seguro.
Si compras en condiciones CIP y tienes la capacidad de conseguir un seguro mejor o más
económico, puedes considerar la alternativa de comprar en condiciones CPT. Bajo el
INCOTERM CPT, el comprador no está obligado a contratar el seguro, por lo que puedes
escoger el seguro que desees.
INCOTERM DAF
DAF (Entregado en Frontera): Este término indica que el vendedor cumple con su obligación de
entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador en el medio de transporte y
lugar convenidos en la frontera designada, pero antes de que se cruce la aduana de importación. El
vendedor asume todos los costos y riesgos hasta ese punto, y el comprador se encarga de los costos
y riesgos de importación.
Estos términos son parte de los Incoterms publicados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI)
y son utilizados internacionalmente para facilitar el comercio internacional y evitar malentendidos
entre compradores y vendedores.
INCOTERM DDU
DDU (Entregado derechos no pagados): En este caso, el vendedor entrega la mercancía
al comprador en el lugar convenido del país de importación, sin desembarcar de la
llegada del medio de transporte. El vendedor asume todos los costos y riesgos hasta
que la mercancía esté lista para ser descargada en el destino acordado. El comprador
se hace cargo de los costos y riesgos desde ese punto en adelante, incluidos los
derechos de importación.
ICOTERMS DDP o Entrega Derechos Pagados
Establece que el vendedor asume la responsabilidad de entregar la mercancía en el lugar de destino
acordado, cubriendo todos los gastos y riesgos asociados, incluyendo los derechos, impuestos y cargos
necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar convenido. El vendedor debe encargarse de los trámites
de importación y asumir los costos asociados, liberando al comprador de estas responsabilidades. Este
término es aplicable para cualquier modo de transporte, ya sea terrestre, marítimo o aéreo. En resumen, el
Incoterm DDP representa el máximo de obligaciones para el vendedor, quien se encarga de todos los
aspectos relacionados con la entrega de la mercancía en el lugar de destino designado.